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JK ABOGADOS · Incapacidad permanente

Abogado de incapacidad permanente en Málaga

El INSS le ha denegado la incapacidad o le ha dado un grado menor del que le corresponde.

Los plazos son los generales y se cuentan en días hábiles, sin contar sábados, domingos ni festivos. El suyo puede tener excepciones: pregunte antes de darlo por perdido.

Si el INSS le ha denegado la incapacidad permanente o le ha reconocido un grado menor, se puede recurrir. Primero, con la reclamación previa ante el INSS en 30 días hábiles desde la resolución; si la desestiman, con demanda ante el Juzgado de lo Social de Málaga.

30 días hábilesdesde que recibe la resolución del INSS, para la reclamación previa

Casos que llevamos

  • Incapacidad permanente total
  • Incapacidad permanente absoluta
  • Gran invalidez
  • Incapacidad permanente parcial
  • Revisión de grado
  • Accidente de trabajo y enfermedad profesional
  • Alta médica indebida
  • Lesiones permanentes no invalidantes

Cómo lo llevamos

  • Leemos la resolución y el dictamen del EVI, y le decimos si hay caso.
  • Presentamos la reclamación previa ante el INSS: sin ella no se puede demandar.
  • Si la desestiman, demandamos y sostenemos el grado con prueba médica.

Traiga lo que tenga

  • La resolución del INSS y el dictamen del EVI
  • Su historial médico completo, cuanto más detallado mejor
  • Informe de vida laboral y últimas nóminas
  • Partes de baja y alta de la incapacidad temporal

¿Es su caso?

Si no lo tiene claro, esa es exactamente la llamada que hay que hacer. Le decimos en cinco minutos si hay algo que reclamar.

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